¿CÓMO
FUNCIONA LA TABLA DE PENSIÓN ALIMENTICIA Y QUIÉNES TIENEN DERECHO A RECIBIR
ALIMENTOS?
La pensión alimenticia es un derecho esencial en el Derecho de Familia, pues asegura que los sectores más vulnerables del núcleo familiar, niños, adolescentes, jóvenes en formación, personas con discapacidad y mujeres embarazadas cuenten con lo necesario para una vida digna y un desarrollo integral.
En el Ecuador, este derecho se encuentra en la Constitución de la República y se desarrolla en el Código de la Niñez y Adolescencia, que detalla el alcance de los alimentos, los beneficiarios y la forma de cálculo de la pensión.
¿Qué
comprenden los alimentos?
El
artículo 2 del Código de la Niñez y Adolescencia aclara que los alimentos no se
reducen a la comida diaria, sino que abarcan:
ü Nutrición
suficiente y adecuada.
ü Salud,
atención médica y medicinas.
ü Educación
y materiales escolares.
ü Vestimenta
y calzado.
ü Vivienda
digna y servicios básicos.
ü Transporte,
recreación, deporte y cultura.
ü Rehabilitación
y ayudas técnicas en caso de discapacidad.
Esto significa que la pensión es un mecanismo integral de protección, más allá de una obligación económica.
¿Quiénes tienen derecho a alimentos?
De
acuerdo con el artículo 4 del Código, los beneficiarios son:
ü Niños,
niñas y adolescentes, hasta los 18 años.
ü Jóvenes
hasta los 21 años, siempre que cursen estudios regulares y no tengan ingresos
propios.
ü Personas
con discapacidad o enfermedades graves, sin importar la edad, si su condición
les impide sostenerse por sí mismos.
ü Mujeres
embarazadas, desde la concepción hasta un año después del parto, cubriendo
tanto sus necesidades como las del hijo por nacer.
De esta manera, la protección alimenticia no se limita solo a la infancia, sino que también se extiende a jóvenes en formación y personas en situación de vulnerabilidad.
La
tabla de pensiones alimenticias
El
artículo 15 del Código regula la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas, un
instrumento obligatorio que fija los porcentajes del ingreso del alimentante en
función de dos factores:
ü Los
ingresos expresados en múltiplos del salario básico unificado (SBU).
ü El
número de hijos beneficiarios.
Los
jueces no pueden fijar valores inferiores a la tabla, aunque sí mayores cuando
existan necesidades especiales (como enfermedades, educación privada o
tratamientos médicos).
La tabla se actualiza cada año según la inflación y el SBU, lo que garantiza que los valores no pierdan poder adquisitivo.
La
tabla de pensiones alimenticias 2025
La
Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas 2025 establece varios niveles de
ingreso y, en cada uno de ellos, define el porcentaje del sueldo que debe
destinarse a la pensión, dependiendo del número de hijos.
ü En
el Nivel 1 (de 1 hasta 1,25 SBU), un alimentante con un hijo mayor de 3 años
debe pagar aproximadamente el 29,49% de su ingreso.
ü En
el Nivel 2 (de 1,25 hasta 3 SBU), por un hijo mayor de 3 años corresponde
alrededor del 36,96% del ingreso.
ü En
el Nivel 3 (de 3 hasta 4 SBU), el porcentaje sube al 40,83% del ingreso.
ü En
ingresos superiores a 9 SBU, la obligación puede alcanzar hasta el 45,12% del
ingreso por un solo hijo.
Cuando existen dos o más hijos, los porcentajes aumentan, distribuyéndose de manera proporcional para garantizar la equidad entre todos los beneficiarios.
Ejemplos
prácticos
Si un padre gana 2 SBU (esto equivale a USD 920 en 2025) y tiene un hijo de 5 años, la tabla fija una pensión equivalente al 36,96% de su ingreso, es decir, aproximadamente USD 340 mensuales.
Si ese mismo padre tuviera dos hijos, el porcentaje asciende al 49,51% de su ingreso, lo que representa alrededor de USD 455 mensuales, que se dividirán proporcionalmente entre los dos menores.
La
pensión alimenticia no es solo un trámite judicial ni una carga económica. Es
un deber jurídico, moral y social que protege el interés superior del niño y
promueve la corresponsabilidad familiar.
La
tabla de pensiones alimenticias aporta seguridad jurídica, uniformidad y
transparencia, asegurando que ningún menor quede en estado de indefensión. En definitiva, este sistema busca construir
una sociedad más justa, inclusiva y solidaria.
-Legalmar, Abogados Especializados
Fuentes
bibliográficas
Asamblea
Nacional del Ecuador. (2003). Código de la Niñez y Adolescencia. Registro
Oficial Suplemento 737. Recuperado de https://www.ecuadorlegalonline.com/biblioteca/codigo-de-la-ninez-y-adolescencia/
Constitución
de la República del Ecuador. (2008). Registro Oficial 449. Recuperado de https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2021/02/Constitucion-de-la-Republica-del-Ecuador_act_ene-2021.pdf
Consejo
de la Judicatura. (2025). Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas 2025. Quito:
Dirección Nacional de Acceso a los Servicios de Justicia. Recuperado de https://www.funcionjudicial.gob.ec/resources/pdf/TABLA%20DE%20PENSIONES%20ALIMENTICIAS%20MINIMAS%202025.pdf
